Bertone gestiona ante la AFIP la suspensión de las ejecuciones fiscales en TDF

La gobernadora Rosana Bertone y el director Ejecutivo de la AREF Arturo Capellano, se reunieron este miércoles en Buenos Aires con autoridades de la AFIP. “Desde la AFIP se comprometieron a analizar la medida implementada por la provincia suspendiendo las ejecuciones fiscales que estén bajo su órbita, y confirmaron que estudiarán el requerimiento realizado por Bertone”, señaló un comunicado del Gobierno provincial.

La gobernadora Rosana Bertone y el director Ejecutivo de la AREF Arturo Capellano, acompañados por representantes de CAME Claudia Fernández y Diego Navarro (CAME) , se reunieron este miércoles en Buenos Aires con autoridades de la AFIP. La delegación provincial fue recibida por la subdirectora general Coordinación Técnico Institucional Jimena De la Torre, el subdirector General de Servicios al Contribuyente CP Raúl Enrique Bargiano (Afip) y el consejero Técnico de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional CP Federico M Porteous.

En el encuentro, la mandataria y el titular de la AREF gestionaron ante la AFIP que acompañe mediante la normativa correspondiente la suspensión del inicio de las ejecuciones fiscales en lo que corresponde a su competencia (en TDF lo referido a tributos de la seguridad social), tal como fue establecido mediante la ley provincial 1281 para los tributos locales bajo la órbita de la AREF.

Esta ley fue presentada por la gobernadora Rosana Bertone y aprobada unánimemente por la Legislatura junto a otras medidas que se implementaron para atenuar los efectos de la crisis económica que atraviesa el país y sostener los puestos de trabajo en el sector privado.

Desde la AFIP se comprometieron a analizar la medida implementada por la provincia suspendiendo las ejecuciones fiscales que estén bajo su órbita, y confirmaron que estudiarán el requerimiento realizado por Bertone.

Cabe acotar que el organismo nacional ha acompañado a la provincia de Santa Cruz mediante RG AFIP NRO, 4112/2017, 4275/2018 y 4495/2019 suspendiendo el inicio de las ejecuciones fiscales de los contribuyentes radicados en esa jurisdicción.