La Justicia Electoral resolvió que “no es válida” la fórmula encabezada por Stefani
La jueza Electoral Dra. Mariel Zanini, explicó los motivos del fallo que rechaza la presentación realizada por el ex interventor del PRO, Mariano Gallegos, y de esta manera ratifica a Federico Angelini como nuevo interventor del espacio que hasta el momento continúa dentro de Juntos por el Cambio. Por esa razón, la fórmula del PRO quedó inválida.
En su presentación, Gallegos y la apoderada del PRO, María Eugenia Chiarvetto, proclamaban como candidatos a Gobernador y Vicegobernador al actual diputado “Tito” Stefani y al contador y abogado Paulino Rossi. La polémica y los idas y vueltas persisten en una oposición que llega sumamente convulsionada a las elecciones del próximo 14 de mayo.
Los idas y vueltas, y sobre todo una fuerte confusión, continúa apoderándose del escenario actual de Juntos por el Cambio en Tierra del Fuego de cara a las elecciones del próximo 14 de mayo.
Luego de que la abogada María Eugenia Chiarvetto, en su carácter de apoderada del PRO, confirmara la proclamación del actual diputado Héctor “Tito” Stefani como candidato a gobernador junto a su compañero de fórmula, el contador y abogado Paulino Rossi, se conoció un nuevo fallo judicial que deja en “stand by” dicha presentación.
Al respecto, la Jueza Electoral de Tierra del Fuego, Dra. Mariel Zanini, confirmó el rechazo a la presentación realizada por el interventor del PRO, Mariano Gallegos, y por la apoderada Chiarvetto, al considerar que “no tienen validez. Efectivamente el lunes se presentó el interventor Gallegos con la apoderada María Eugenia Chiarvetto solicitando la oficialización de listas en la fórmula de gobernador y vicegobernador. Inmediatamente certificamos el estado de la causa en el distrito y fue ahí donde se advierte que sí se había tenido en cuenta el nuevo interventor presentado (Federico Angelini). Es así que no se le puede dar trámite hasta tanto los nuevos representantes pidan esa solicitud. No pudimos evaluar todos los demás requisitos porque quienes hacen ese pedido ya no tienen mandato vigente. Directamente no se le dio trámite”.
De esta manera, se entiende que la Justicia Electoral reconoce al actual vicepresidente del PRO, Federico Angelini, como nuevo interventor del partido.
La Dra. Zanini hizo un repaso de lo sucedido en los últimos días y recordó que “el pasado viernes emitimos una sentencia donde se discutió la oposición a un nombre porque en el tiempo establecido para la presentación de alianzas, la Unión Cívica Radical presentó un acuerdo transitorio entre los partidos UCR, MID, la Coalición Cívica ARI y el PRO. Cuando nosotros hicimos los informes evaluando si los requisitos que tienen que presentar, los cuales forman parte de los artículos Nº 12 y 13 de la Ley Nº 470, se advierte que, en el caso del PRO, además de no haber suscrito el acta, faltaba el acta del órgano competente para suscribir. En la misma acta se les hizo saber que se encontraba vigente la intervención del señor Mariano Gallegos que estaba presentado en el expediente Propuesta Republicana PRO con la apoderada María Eugenia Chiarvetto. Se presenta el Sr. Gallegos y manifiesta que en su momento habían suscrito ese acuerdo con algunas diferencias en algunas cláusulas que tenía con la UCR y que hasta tanto no se suscribiera con todas las agrupaciones, manifestaba oposición al uso del nombre y a los demás atributos de identidad de la alianza Juntos por el Cambio”.
Agregó que, a raíz de esta situación, “se dio traslado al resto de los apoderados de la UCR, MID y la Coalición Cívica, fue al Ministerio Público fiscal, vuelve con dictamen, y en ese momento se presenta el Sr. Federico Angelini alegando ser el nuevo interventor. El Partido Propuesta Republicana PRO, como otros partidos políticos provinciales que tienen personería jurídica en el orden provincial, a su vez tienen personería jurídica en el orden federal en el distrito de Tierra del Fuego. En el Juzgado venimos aplicando de manera sostenida una jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde en situaciones donde se presenta que un mismo partido ostenta las dos personerías jurídicas, es decir tiene reconocimiento en los dos órdenes, se aplica la norma de mayor jerarquía que tiene que ver con la norma federal, entendiendo la autoridad de aplicación de esa norma que en este caso es la autoridad del distrito de Tierra del Fuego”.
La Jueza explicó que “cuando un partido es intervenido, interviene el partido de orden nacional, pero nosotros tenemos que estar lo que reconoce la autoridad del distrito. Cuando se presenta el Sr. Angelini, certificamos el estado de la causa en el Juzgado Federal de Ushuaia y no se lo había tenido por presentado al nuevo interventor, por lo cual seguía vigente hasta el 16 de marzo la intervención de Mariano Gallegos y la letrada que había designado. Por eso el día 16 se hizo la audiencia con todos los apoderados de las agrupaciones y por el PRO se sigue teniendo la representación del Sr. Mariano Gallegos y por la apoderada que lo representa. Lo cierto es que la sentencia resuelve no darle lugar a la oposición al nombre que es el objeto que se determina en la audiencia.
Porque si bien es cierto que una alianza, aunque sea un acuerdo transitorio, tiene la misma protección del nombre que tienen los partidos políticos. Y en el caso de la alianza no puede ser utilizado nuevamente el nombre de alguno de los miembros de esa alianza sin el consentimiento de alguno de estos, pero en la sentencia, yo aclaro que no es lo mismo el reconocimiento de una alianza en el orden nacional que en la provincia”.