La Justicia Federal dictaminó la inocencia de Eduardo Barrientos
El juez federal de Chubut Guillermo Gustavo Lleral dictaminó la inocencia de Eduardo Barrientos tras las pericias técnicas realizadas, que demostraron la ausencia de sustancias prohibidas. La causa fue archivada y se ordenó la devolución de los efectos secuestrados.
Las actuaciones judiciales tienen su inicio en el procedimiento llevado a cabo en 27 de septiembre del año 2023, por personal policial de la Provincia de Chubut, a raíz de un control público de prevención que desarrollaba en ruta nacional Nro. 3. En aquella oportunidad se interrumpió la marcha del vehículo conducido por Eduardo Barrientos, incautándosele en dicho acto distintos elementos, entre ellos productos conocidos como “sales del himalaya”.
Posteriormente, luego de la intervención de la Fiscalía Federal, y tras las pericias químicas realizadas por la Policía Federal, el Juez Federal Guillermo Gustavo Lleral dictó la absolución definitiva de Eduardo Barrientos, acusado injustamente en un caso de presunta tenencia de estupefacientes. Las pericias químicas solicitadas por el magistrado fueron concluyentes: ninguno de los objetos incautados a Barrientos contenía sustancias prohibidas conforme a la Ley 23737.
En el fallo absolutorio se explica que ¨se requirió una pericia química a los fines de determinar fehacientemente si lo incautado era estupefaciente. Que el resultado de dicha experticia fue que ninguno de los objetos incautados era o contenía sustancias prohibidas por la Ley 23737″, se detalla en parte del dictamen judicial emitido por el magistrado.
El informe pericial dejó en claro que los objetos no solo no eran narcóticos, sino que tampoco contenían rastros de sustancias controladas. Ante estos hallazgos, el Fiscal Federal decidió que no se configuraban los delitos previstos en la normativa vigente, concluyendo que debía procederse al archivo de la causa.
El juez Lleral, además de compartir el criterio del Fiscal Federal, subrayó que la continuidad del proceso penal quedó imposibilitada debido a la falta de elementos incriminatorios. En palabras del juez: “Es que, el órgano constitucionalmente investido de la titularidad del ejercicio de la potestad persecutoria del Estado (art. 120 de la C.N. y art. 65 del C.P.P.N.), y director delegado de la instrucción (art. 196 del C.P.P.N.), ha dictaminado que en la especie no se verifica delito federal alguno que investigar y, por ello, ha desestimado la prosecución de este trámite judicial.”
La resolución confirma las explicaciones que brindó Barrientos luego del secuestro de parte del equipaje que trasladaba hacía Tierra del Fuego, a consecuencia de la mudanza de uno de sus familiares. Además, pone en evidencia las acusaciones infundadas y la desprolijidad de algunas de las declaraciones oficiales que se produjeron en su momento.
El fallo del Juez Federal con asiento en Chubut destaca que el Ministerio Público Fiscal desempeñó un rol crucial al asegurar que las investigaciones se llevarán a cabo de manera justa y transparente, resguardando los derechos de Barrientos. Así, en consecuencia con la investigación de la Fiscalía, el juez Lleral, basado en las pruebas periciales y las argumentaciones del Ministerio Público, dictaminó el archivo de la presente causa conforme al artículo 195 del Código Procesal Penal de la Nación.
Finalmente, no solo se dictó el archivo de las actuaciones, sino que se ordenó la devolución inmediata de los efectos secuestrados a Eduardo Barrientos.