Pasó a cuarto intermedio en el debate oral por abuso sexual agravado en RG
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Distrito Judicial Norte, resolvió pasar a un cuarto intermedio hasta este martes a las 10, a fin de continuar deliberando sobre el pedido de nulidad y cese del debate oral y no público de la causa N° 651/15, caratulada como “C.G., E.R sobre abuso sexual agravado”, que fue solicitado por la Defensora Lorena Nebreda.
La primera jornada del juicio oral no público, en el que se juzga la responsabilidad penal del sujeto acusado de haber abusado sexualmente con acceso carnal a su hijastra, comenzó a desarrollarse el pasado martes en los Tribunales del Ex Campamento YPF.
En dicha oportunidad, la Defensora Oficial Lorena Nebreda, planteó la nulidad de lo actuado ya que a su entender, existiría impedimento procesal por falta de jurisdicción y competencia por parte de los magistrados.
La Defensora planteó la ilegalidad de todo el proceso y la imposibilidad de proseguir con el debate, argumentando que C.G., E.R ha sido sometido compulsivamente al proceso, vulnerando garantías y derechos constitucionales; y la inmunidad prevista en el Tratado Internacional de Extradición del año 1933 aplicable a la materia.
Además, aclaró que el imputado fue extraditado en 2012 desde Chile para ser enjuiciado por otra denuncia por violación, por la que fue condenado en febrero de 2013. Por lo tanto, argumentó que para ser juzgado por la nueva denuncia de un hecho ocurrido con anterioridad, debería haberse instrumentado el trámite ante las autoridades del estado chileno.
Por su parte, la Fiscal Verónica Marchisio afirmó que el tratado internacional indica que los Estados “se obligan a no juzgar por hechos anteriores al pedido de extradición, y que si bien el hecho es anterior a aquella extradición, se denunció con posterioridad y por lo tanto lo que se intenta juzgar en la actualidad era desconocido al momento del pedido a Chile. Aún es posible solicitar el consentimiento al país chileno y ello no acarrearía nulidad alguna a la investigación por que el tratado no impide investigar”.
Cabe mencionar que la acusación del hecho imputado cuya adecuación fue tipificada en la figura de abuso sexual agravado por acceso carnal, por resultar el imputado guardador de la víctima y por aprovechar la convivencia preexistente con ella hasta el momento en que cumpliera dieciocho años de edad; por los hechos ocurridos en un número indeterminado de veces, en el período comprendido entre el año 2001 y hasta fines del año 2010, en perjuicio de la menor.
El Tribunal de Juicio es presidido por el Juez Daniel Ernesto Borrone y la vocalía ejercida por los Doctores José María Fernández López y Juan José Varela, en tanto que la Doctora Verónica Marchisio oficia como Fiscal y Lorena Nebreda como defensora.