Consenso fiscal: ¿Qué acuerdo le ofreció Provincia a los municipios?

Reunión en Casa de Gobierno con intendentes.

El 16 de noviembre el Presidente de la Nación y gobernadores de 22 provincias y CABA firmaron un acuerdo denominado Consenso Fiscal, por el cual se estableció un esquema de compromiso fiscal, que incluye a la provincia que cada uno representa y asimismo impulsa una búsqueda de consenso con los municipios de cada distrito. El viernes, la gobernadora Rosana Bertone recibió a los tres municipios y le ofreció un acuerdo que propone la reducción de conflictos judiciales con el diálogo institucional y pone fecha límite a los posibles firmantes.

Un documento que remarca los principales puntos del acuerdo entre Nación y Provincia fue presentado a los municipios de Río Grande, Tolhuin y Ushuaia este viernes en Casa de Gobierno.

El documento

Que a la fecha se encuentran pendientes conflictos judiciales entre el Gobierno provincial y los municipios, entre ellos, la acción destinada a resolver el Impuesto Inmobiliario por el Superior Tribunal de Justicia.

“Es voluntad de las partes acordar una solución integral y realista de dichos conflictos a través del diálogo institucional”, expresa el documento.

“Que, en la actualidad, a raíz de la no regularización dominial de los barrios informales por parte de las municipalidades impiden a la Provincia mejorar la calidad de vida de las familias residentes con las obras de tendido de red de gas natural”.

En el marco de lo descripto, la gobernadora de Tierra del Fuego y los intendentes acuerdan:

Ley de responsabilidad fiscal

Establecer una ley de responsabilidad fiscal y buenas prácticas fiscales provinciales que recepte los lineamientos de la Ley Nacional 25.917 y las modificaciones que se encuentran en tratamiento en el Congreso de la Nación, para ello el Poder Ejecutivo Provincial se compromete a presentar en forma inmediata el proyecto de ley corresponiente, comprometiéndose en este acto los intendentes a presentar ante los respectivos Concejos Deliberantes el pedido de adhesión a ese régimen.

 

Régimen previsional

Reafirmar la decisión de sostener en el ámbito provincial el sistema de previsión social para servidores públicos. A tal efecto se acuerda impulsar las reformas necesarias a los fines de encausar la situación de emergencia previsional (Ley 1068) y las previsiones del artículo 23 de la ley 1070 previendo los recursos necesarios para garantizar la sustentabilidad del sistema de acuerdo a las proyecciones actuariales vigentes.

Resultando a tal efecto imprescindible cubrir el déficit proyectado por el presupuesto trianual, presentado por la Caja de Previsión Social de Tierra del Fuego, que asciende a $ 2.600.000.000.

Programas de retiro

Impulsar programas de retiro y/o jubilación anticipada de empleados públicos provinciales y municipales, los mismos serán financiadas por la Nación a través de las líneas de crédito especiales, e incluirán capacitaciones e incentivos para la reinserción laboral.

Impuesto Inmobiliario

A fin de resolver el conflicto judicial pendiente, sobre los impuestos directos la gobernadora y los intendentes se comprometen a establecer convenios entre los gobiernos municipales y el provincial, en materia de recaudación y coparticipación del tributo, a los fines de poner en práctica lo establecido en el Código Fiscal, Ley Provincial 1075 libro segundo parte especial Título Primero del impuesto inmobiliario artículos 171 a 182.

A tales efectos la Provincia se compromete, a través de la AREF, a desistir de las acciones iniciadas respecto de aquellos municipios que aprueben el presente consenso, y suscriban los convenios aquí referenciados antes del 31 de diciembre de 2017, subsistiendo la acción para los que no adhieran o que habiendo adherido no suscriban el convenio mencionados antes de la fecha indicada.

Promover la adhesión al organismo federal de catastro, constituido por las provincias y la CABA, a los fines de determinar los procedimientos y metodologías de aplicación para todas las jurisdicciones, a fin de lograr valuaciones fiscales que reflejen la realidad de mercado inmobiliario y la dinámica territorial.

Adoptar para el cálculo y determinación de las valuaciones fiscales de los inmuebles lo resueltos en ese organismo federal.

Fijar alículotas del Impuesto inmobiliario en un rango entre 0.5 por ciento y 2 por ciento del valor fiscal establecido.

Tasas municipales

Promover la adecuación de tasas municipales, de manera tal que se correspondan con la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio y sus importes guarden una razonable proporcionalidad con el costo de dicho servicio, de acuerdo con lo previsto en la Constitución Nacional.

Con una base pública, en la Provincia, en la que consten las tasas aplicables en cada municipalidad, que contenga hechos imponibles, sujetos alcanzados, alícuotas, etc, y la normativa vigente al respecto.

Impulsar un sistema único de liquidación y pago de tasas municipales aplicable.

Impuesto a los ingresos brutos y sellos

Presentar a la Legislatura una reforma al código fiscal, respecto a la tarifaria de acuerdo al anexo I, a los fines de implementar lo establecido por el Consenso firmado con la Nación y las provincial, incorporando las alícuotas establecidas en el anexo I de dicho consenso, modificando a tal fin los aspectos necesarios en la Ley de Coparticipación Provincial como consecuencia de las mencionadas modificaciones.

Fondo Federal Solidario

Distribuir los recursos del Fondo Federal Solidario Decreto Nacional N° 206/2009 (aprobado por medio de la Resolución N° 1697/2009 emitida por la Cámara de Diputados de la Nación) y su par Decreto Provincial N° 636/2009, entre los municipios que adhieran y cumplan el presento consenso, de acuerdo con la ley de coparticipación vigente, acrecentando proporcionalmente su participación sobre la de los municipios que no participan, por no haber adherido al consenso.

Subsidios de gas

Acordar el aporte que debieran realizar los municipios sobre el subsidio que abona la Provincia para aquellos usuarios inscriptos en el Padrón de Usuarios del Subsidio a los Consumos Residenciales de GLP de la Provincia (Art. 75 Ley Nacional 25.565, Decreto Nacional N° 786/2002) que residan en barrios no regularizados y que por tal motivo la Provincia no pueda ejecutar las obras de tendido de red de gas natural.

Regularización de barrios

Los municipios se comprometen a afectar lo recaudado que se produzca por la regularización de venta de lotes de barrio informales, a un fondo específico destinado a obras de infraestructura de servicios de esos barrios.

Competencias concurrentes entre gobierno municipal y provincial

En el marco de ordenar y eficientizar el gasto público, a los fines de promover la actividad económica, la inversión y el empleo, los firmantes del presente acuerdo se comprometen a relevar aquellas actividades que se realizan en forma concurrente, y evaluar la forma más eficaz y eficiente de realizarlas, de modo tal que no se superpongan competencias entre sí.