El recargo del 35% no se aplica a las Malvinas

Las Islas Malvinas quedan exceptuadas del recargo del 35% para los consumos realizados con tarjetas de crédito en el exterior.

El recargo de 35% que se cobra habitualmente al realizar compras con tarjeta en el exterior del país dejará de aplicarse para quienes hagan operaciones de este tipo en las Islas Malvinas por considerárselas como territorio nacional, según informaron voceros de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La dependencia que conduce Ricardo Echegaray publicó el viernes en el Boletín Oficial una norma aclaratoria de la resolución Nº 3.450 y su modificatoria, debido a que, indicó, “algunos operadores turísticos, compañías de transporte de pasajeros y administradoras de tarjetas de crédito, débito y/o compra, han efectuado interpretaciones ajenas al sentido de la citada norma”.
En los considerandos, recordó que en esa medida “se estableció un régimen de adelanto de impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales respecto de ciertas operaciones en y con el exterior, extendiéndose luego la utilización de dicha herramienta fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes”.
En ese marco, la AFIP indicó que “las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur integran el territorio nacional de la República Argentina, y por ende el régimen de adelanto de impuesto, creado por la resolución general aludida, no es de aplicación a la compra de pasajes o servicios turísticos que las tengan como destino ni a las operaciones que allí se efectúen”.
“Asimismo, debe aclararse que las compras de moneda a utilizarse en el territorio de Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur no se encuentran comprendidas entre las operaciones alcanzadas por la Resolución General 3.450 y su modificatoria”, añadió el organismo tributario en la argumentación.
Sobre esta cuestión, en el artículo 2 de la resolución 3.609 publicada este viernes se explicó que “la solicitud de validación fiscal de los fondos para la adquisición de moneda extranjera -billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes” al archipiélago “se efectúa seleccionando en el campo ‘país de destino referente’ del programa ‘Consulta de Operaciones Cambiarias’ establecido mediante el Anexo VI de la Resolución General Nº 3.421, la opción ‘Argentina – Islas Malvinas'”.