La Nación publicó el decreto que amplía el subrégimen industrial
En el Boletín Oficial, el decreto publicado lleva el número 727, y menciona detalles de la prórroga del subrégimen de promoción industrial para Tierra del Fuego, que el presidente Alberto Fernández había anunciado hace unos días. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2038, y si las empresas radicadas cumplen con los objetivos trazados, automáticamente el plazo se amplía por 15 años mas.
En sus párrafos más relevantes, analizados por el portal “Crítica Sur”, se señala que la normativa formaliza uno de los ejes discursivos utilizados por los gobiernos nacional y provincial sobre la necesidad de “impulsar con los actores económicos e instituciones locales una matriz productiva más amplia, competitiva y autosustentable (…) que posibilite un cambio en la actual orientación estratégica del desarrollo productivo y tecnológico local y abra nuevas oportunidades para la inserción laboral y emprendedora de las nuevas generaciones de fueguinos”.
“Los estudios técnicos realizados por los equipos del Ministerio de Desarrollo Productivo permitieron identificar un potencial de creación de 7800 puestos de trabajo en un período de 10 años, todos ellos vinculados a sectores autosustentables (turismo, logística antártica, petroquímica, economía del conocimiento, alimentos), entendidos estos como aquellos capaces de crecer y desarrollarse en las mismas condiciones que el resto de las firmas de su sector y actividad, en el resto del país”, detalla el Decreto.
Asimismo, se menciona que “muchas de estas actividades no son totalmente nuevas en el ambiente fueguino: algunas tienen cierto desarrollo económico actual, aunque podría ser más específico y de mayor valor agregado (tal es el caso del turismo: experiencia de naturaleza en lugares geográficos únicos); otras lo han tenido en el pasado y existen muchas circunstancias, demandas y factores para que puedan volver a desarrollarse sobre otro esquema productivo y tecnológico en el futuro (alimentos); otras actividades se construyen a partir del aprovechamiento de nuevas oportunidades debido a crecimientos de mercado (logística antártica) o nuevas demandas y tecnologías que muestran un crecimiento reciente con la instalación de empresas de renombre (economía del conocimiento)”.
“En una perspectiva de mediano plazo, la dinamización de estas nuevas actividades permitirá que la población joven de la provincia visualice numerosas oportunidades de trabajo en el sector privado de la economía provincial que actualmente están relativamente concentradas en una limitada cantidad de fábricas promocionadas”, agrega la normativa en sus fundamentos.
Más infraestructura
Para el Gobierno nacional resulta “imprescindible para generar un crecimiento sostenido y permanente de la actividad económica de la región, que el régimen de promoción sea acompañado con la infraestructura necesaria, con la adecuación a las nuevas tecnologías y con las medidas necesarias que aborden las condiciones específicas del territorio”.
Y para ello deja en claro que resulta necesario “un aporte por parte de las empresas beneficiarias del régimen”, el que será destinado “a las inversiones productivas en sectores no promocionados y en inversiones de infraestructura que mejoren las condiciones socioeconómicas y productivas de la Isla”.
“De verificarse el cumplimiento de los objetivos de diversificación y de ampliación de la matriz productiva de la provincia, y en la medida en que se mantenga vigente el régimen especial de beneficios de la Zona Franca Manaos en la República Federativa del Brasil, previo a la finalización del plazo de vigencia previsto debe contemplarse una nueva extensión de los derechos y obligaciones incluidos en el presente decreto por un plazo similar al propuesto”, agrega el decreto.
Esto implica que, de cumplir con sus objetivos, el subrégimen de promoción industrial se renovará hasta el año 2053.
Cambios en la Comisión del Área Aduanera Especial
El Decreto N° 727 modifica además la integración de la Comisión del Área Aduanera Especial, con sede en Ushuaia, que deberá reformularse para garantizar la equidad de género entre sus miembros titulares y suplentes. “Para ello, cada entidad u organismo deberá realizar propuestas alternativas de género con el fin de facilitar el cumplimiento de esta disposición”, señala la normativa.
De este modo, la CAAE deberá ser integrada de la siguiente manera:
-Una o un representante y su respectiva o respectivo suplente del Poder Ejecutivo provincial;
-Una o un representante y su respectiva o respectivo suplente de la Municipalidad de Ushuaia;
-Una o un representante y su respectiva o respectivo suplente del Municipio de Río Grande;
-Una o un representante y su respectiva o respectivo suplente de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM);
-Una o un representante y su respectiva o respectivo suplente de la Dirección General de Aduanas y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del Ministerio de Economía;
-Una o un representante y su respectiva o respectivo suplente del Ministerio de Desarrollo Productivo y una o un representante y su respectiva o respectivo suplente de la Unión Industrial Fueguina (UIF).
Por último, el artículo 11 del Decreto N° 757 establece que “todas aquellas empresas que no manifiesten su adhesión al presente Decreto, en el plazo y bajo las formas indicadas en el artículo precedente” perderán “los beneficios, derechos y obligaciones acordados en el marco de la Ley N° 19.640 y los Decretos Nros. 1139/88, 479/95 y 490/03 y sus normas complementarias, a partir del 1° de enero de 2024”.