Proponen un debate sobre la “Ley de Suelo”
Gerónimo Ruiz integrante de “Agenda Popular”, se presentó en la Banca del Pueblo del Concejo Deliberante de RG, donde habló sobre las propuestas respecto del proyecto de la Ley de Suelo y la crisis habitacional. “Agenda Popular” es un espacio de debate para tratar políticas publicas olvidadas por los gobiernos y la política fueguina.
“Que frente al déficits y el nivel de organización mínimo necesario para que tierra del Fuego deje de ser un mosaico desarticulado del contexto nacional y avance para ordenar el Desarrollo Sustentable para todos”, dijo Ruíz, quien añadió: “Frente a la falta de una política de ordenación y desarrollo territorial, que regule las condiciones básicas y garanticen la igualdad para todos los fueguinos, en los derechos relacionado con el acceso al suelo.
Que frente a los cambios que nuestra sociedad reclama, deben tener de nuestros Legisladores Municipales, Provinciales y Nacionales las respuestas necesarias y humanista, de progreso y justicia, para construir una provincia grande para nosotros, para nuestros hijos.
Frente a esta situación creada, el Agio, los latifundios y la plusvalía es la oferta económica y mediática de la política contemporánea.
Por tal motivo, he resuelto intentar exponer sin estridencia pero con firmeza, mi posición, diagnóstico y propuestas frente a los acontecimientos sociales y de ciudadanía que acontecen.
Tierra del Fuego, necesita debatir política de Ordenamiento y estrategia de Desarrollo para construir una provincia equilibrada, integral, sustentable y socialmente justa para todos los fueguinos.
El proyecto de “Ley de Suelo”, de Ordenación y Desarrollo Territorial Sustentable y transformación Urbanística, presentada el 2 de Junio de 2014, en la Legislatura de nuestra Provincia con estado parlamentario como UD., sabe Sra. Presidente, no es solo un reclamo patrimonial, o una Ley para inventariar el suelo, ni es una Ley urbanística de expropiación. Es un proyecto de Ley que Busca debatir un modelo de Desarrollo Territorial mediante la soberanía estatal del suelo, en función de objetivos y metas comunes que supere el abismo entre en decir y hacer, entre el largo y corto plazo, con la intención integral y estratégica que logre alcanzar un modelo de vida con Justicia social para todos los fueguinos.
La Ley de Suelo, debe ser la matriz cultural y productiva de todos los fueguinos, para reconvertir el actual sistema político colonial que somete a la mayoría de los fueguinos a vivir miserablemente y enfrentados socialmente.
La Ley de Suelo, es para inventariar, patrimoniar y delimitar los derechos ciudadanos y posición del suelo fueguino, es decir, para que los fueguinos tengan derechos soberano de la tierra para vivir y para producir.
La Ley de Suelo, es para tener libre tránsito por las rutas y complementarias de la provincia, caminos, ríos, lagos, costa y límites fronterizos con el país vecino, es decir, para qué los fueguinos no se vean impedidos de transitar libremente.
La Ley de Suelo, es para garantizar la preservación del medio ambiente, frente a la contaminación latente del suelo y el agua, es decir, para que los fueguinos tengamos una política previsible, una mejor calidad de vida, mediante un control serio y responsable.
La Ley de Suelo, es para Planificar la Transformación Urbanística y paisajística de nuestra Provincia, es decir, para tener una política que garantice la preservación del medio ambiente, la conservación y mejora de la naturaleza, la flora y la fauna y la protección del patrimonio cultural del paisaje.
La Ley de Suelo, es para Organizar Con Justicia el acceso al suelo fueguino sin costas, para vivir con dignidad y producir la tierra con espíritu de arraigo estableciendo el desarrollo para todos, es decir, para que los hijos de los fueguinos tengan soberanía de la tierra para construir su vivienda, para que los hijos de los fueguinos dispongan de una parcela para producir el desarrollo del mercado interno, para que los fueguinos con sus familias no sigamos viviendo miserablemente como Okupas, enfrentando los ojos de otros fueguinos, y que las políticas ausente nos juzga, en vez de generar la solución.
Al intentar en líneas generales caracterizar los problemas socio-económicos de desarrollo y crecimiento de nuestra provincia, como ciudadano, sostengo que la verdadera democratización de nuestra sociedad, debe pasar por la superación de algunos temas puntuales que en mi humilde opinión constituyen elementos importantes de la realidad provincial.
I)- Superar una marcada actitud política de reticencia a debatir y opinar la realidad de una Provincia para pocos, o la Independencia y Desarrollo de una Provincia Grande, para todos.
Los procesos de crecimiento económicos y de creación de infraestructura, equipamiento y mejoramiento de la calidad de vida han sido construidos y gestionados en forma discontinua lo que provoco la sobreutilización de los recursos, la desorganización en la infraestructura, la desigualdad de oportunidades de desarrollo en nuestras comunidades, fueron factores que contribuyeron al aumento de desequilibrios territoriales, urbanístico y la disminución de la calidad de vida en nuestra Provincia.
II)- promover Cambio de actitud de los Gobiernos; Provincial y Municipales, en su quietud respecto a
las obligaciones de política estatal el estudio y la planificación del suelo para el desarrollo y crecimiento con justicia en nuestra Provincia.
III)- Erradicar la triste realidad Provincial, de depender de las industrias con amparo a la Ley 19640, sin que obtengamos los que vivimos en la provincia, los beneficios y la distribución equitativas de las exenciones fiscales y otros aranceles impositivos nacional, que ostentan todas las Industrias, Empresas Comerciales y latifundistas al amparo de la Ley 19640.
Que los efectos de migración constante, producto del régimen promocional especial para la isla grande de Tierra del Fuego, han sido manipulados en función de justificar, la inacción de buena parte de la elite política profesional en nuestra provincia, sin intervención, en la mayoría de las temáticas, de instituciones académicas o especialistas en las diversas materias que afectan a la sociedad fueguina.
La falta de planificación estatal, frente a las demandas populares y la connivencia para la preservación de los intereses inmobiliarios, ocasionan constante y regularmente, tomas o capturas indiscriminadas de lotes urbanizables, bajo la forma de usurpaciones que están sujetas al incentivo, no siempre, de activistas políticos influenciados por especuladores inmobiliarios que obtienen, por tierras inundables, suculentos ingresos.
Que frente a la situación generada, el Estado improvisa medidas de urgencia, apurando la técnica legislativa, para intervenir sobre escenarios de conflicto, con declaraciones de emergencia que nunca atienden las causas.
CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA DE LOS SUELOS
Que el artículo 1°) de la Ley Nacional 22.428 declara “de interés general la acción privada y
pública tendiente a la conservación y recuperación de la capacidad productiva de los suelos”. Y en el artículo 2° refiere a que “El Estado Nacional y las Provincias que se adhieran al régimen de la presente Ley fomentarán la acción privada destinada a la consecución de los fines mencionados en el Artículo 1”.
Que a los efectos indicados en los artículos 1 y 2, la Ley Nacional 22.428 de Conservación y Recuperación de la Capacidad Productiva de los Suelos. Sostiene que “las respectivas autoridades de aplicación podrán declarar Distrito de Conservación de Suelos toda zona donde sea necesario o conveniente emprender programas de conservación o recuperación de suelos y siempre que se cuente con técnicas de comprobada adaptación y eficiencia para la región o regiones similares. Dicha declaración podrá igualmente ser dispuesta a pedido de productores de la zona.”
LA ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE DEL SUELO Y AGUA
Una causa vital y actual para los hijos de los fueguinos
La previsibilidad y la contaminación es materia pendiente en política saludable.
Muchos sabemos que los efectos del proceso de industrialización por efectos de la ley de promoción industrial 19640 ya son evidentes en el cauce del Rio Grande.
Que según consta en el expediente 15.482 del año 2010 del Juzgado Civil y Comercial, “Asociación de consumidores y usuarios de la Tierra del Fuego C/ municipalidad de Rio Grande Y otro S/ ejecución de sentencia” en el informe de calidad de Aguas, estuario del Rio Grande Tierra del Fuego años 2008- 2009, 2010, 2011 plantea y presenta en su índice:
-Cromo +3
-Cromo +6
-Cinc
-Cobre
-Cadmio
-Plomo
-Mercurio
-Manganeso
-Hierro
-Aluminio
-Hidrocarburos
-Fosfatos
-Nitritos
-Amonio
-Sulfatos
-Cloruros
-Coniformes totales
-Coniformes fecales
-Pseudomonas aeruginosa
-Enterococos fecales
Que sobre ello se informa en las “conclusiones finales” el informe de calidad de Aguas, estuario del Río Grande Tierra del Fuego años 2008- 2009, 2010, 2011, expediente 15.482, el que cita textual: “Los resultados obtenidos de los monitorios, permiten observar claramente que la margen norte del estuario presenta problemas de contaminación biológica”.
Los resultados de los distintos muestreos, permiten observar la presencia de altos niveles de bacterias coniformes totales y en particular, coniformes fecales en los puntos de control, así como de bacterias Enterococos fecales y Pseudomona A eruginosa en los puntos de control ubicados aguas abajo del puente de Ruta 3, indicando claramente que la margen norte del estuario presenta un alto nivel de contaminación biológica y probablemente orgánica.
Por otra parte, el alto contenido de coniformes fecales en los puntos del Puente de Ruta 3 y Toma de agua OSM (ubicados aguas arriba de los vertidos domiciliarios) permite inferir la existencia de contaminación difusa.
Que sentencia finalmente que “la determinación de compuestos orgánicos volátiles como Tricloetileno (TCE) en las estaciones del Parque Industrial se debe a que este es ampliamente utilizado en la industria y en los puntos donde se tomaron muestras del parámetro, se pudo comprobar su presencia debido a la existencia de vertidos de efluentes industriales con insuficiente o nulo tratamiento sobre el denominado canal del nuevo parque industrial el cual descarga directamente a la margen norte del río Grande.
Que la situación del suelo, su pertenencia y utilización, los causes del agua cruda, su utilización potabilización, preservación y protección son componentes indivisibles del hábitat humano. Y que aun, nada se ha resuelto en materia de contaminación.
Que la provincia de Tierra Del Fuego, se merece al fin una instancia de planificación estratégica que acompañe los procesos históricos de industrialización y crecimiento urbano, al compás del régimen que da origen a su constante migración por influencia del régimen promocional económico y fiscal de la ley Nacional 19.640;
Que en un contexto económico fiscal de industrialización y urbanización la legislación en vigencia y las propuestas de ordenamiento territorial municipales propuestas por las ciudades fueguinas conservan una fuerte inercia respecto de las nuevas y constante situaciones concebidas por la constante migración.
Que es necesario entonces un nuevo marco de referencia para la materia, tanto en lo dogmático como en lo organizativo.
Que entonces debe darse la regulación de los usos del suelo a propósito de la efectividad del derecho a la vivienda y la producción económica colectiva.
Que además nos corresponde igualmente como ciudadanos participar en diseñar y desarrollar nuestras propias políticas en este caso en materia urbanística, y al Estado a su vez ejercer sus competencias que inciden sobre la materia, porque aunque la legislación fueguina se ha adaptado a este orden, no puede decirse todavía que lo haya asumido o interiorizado plenamente.
En los últimos años, el Estado ha legislado de una manera un tanto accidentada, en parte forzado por las circunstancias, pues lo ha hecho a caballo de las sucesivas migraciones, cuando lo ha hecho.
Que esta situación no puede superarse añadiendo nuevos retoques y correcciones, sino mediante una renovación más profunda de nuestra legislación en materia de acceso al suelo plenamente inspirada en los valores y principios constitucionales de nuestra nación.
La Ley de suelo, no es ésta una Ley urbanística, sino una Ley referida al régimen del suelo, la soberanía y la igualdad en el ejercicio de los derechos constitucionales en lo que atañe a los intereses colectivos (respeto por la voluntad general) a cuya gestión está constitucionalmente encomendado el Estado.
Una Ley, por lo tanto, concebida a partir de la constitucionalidad y que podrá y deberá aplicarse respetando las competencias exclusivas atribuidas a los municipios fueguinos en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda y, en particular, sobre patrimonios públicos de suelo.
Esta Ley abandona el sesgo (tranquilo) con el que, hasta ahora, el legislador venía abordando el estatuto (ley) de los derechos subjetivos (individuales) afectados por el urbanismo.
Que los derechos constitucionales afectados son también otros, como el de participación ciudadana en los asuntos públicos, el derecho a un medio ambiente adecuado y, sobre todo, el derecho a una vivienda digna, aunque lamentablemente la Constitución fueguina no vincula directamente con la regulación de los usos del suelo y nos preguntamos ¿Por qué será?…
Hay que tener presente que la ciudad es el medio en el que se desenvuelve la vida cívica, y por ende que deben reconocerse derechos de libertad, de participación y de prestación de los ciudadanos en relación con el urbanismo y con su medio tanto rural como urbano.
En suma, la Ley se propone garantizar en estas materias las condiciones básicas de igualdad y justicia, en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales de los ciudadanos
El suelo, además de un recurso económico, es también un recurso natural, escaso y no renovable.
Que desde esta perspectiva, todo el suelo rural tiene un valor ambiental digno de ser ponderado y se debe consensuar su valor como así también la clasificación responsable del suelo urbanizable rural lindante a los ejidos urbanos fueguinos que ya nos son necesarios para atender las necesidades económicas y sociales de las nuevas generaciones, orientando ya a la opinión pública al conocimiento que se debe dejar al arbitrio estatal, las medidas efectivas contra todas las prácticas especulativas, obstructivas y retenedoras de suelo, de manera que el suelo con destino urbano y de producción estatal tenga un uso ágil y efectivamente a costo fiscal.
Para hacer efectivos los principios y los derechos y deberes enunciados las Administraciones Públicas, y en particular las competentes en materia de ordenación territorial y urbanística, deberán:
Atribuir en la ordenación territorial y urbanística un destino que comporte o posibilite el paso de la situación de suelo rural en “arrendamiento” a la de suelo fiscal bajo dominio estatal urbanizado, de todo el territorio lindante a los ejidos urbanos de las ciudades de Tierra del Fuego, mediante la planificación que impida la especulación.
Destinar suelo adecuado y suficiente para usos productivos y para uso residencial, con reserva en todo caso de una parte proporcionada a vivienda sujeta a un régimen de protección pública.
Atender, en la ordenación que hagan de los usos del suelo, a los principios de accesibilidad universal, de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, de movilidad, de eficiencia energética, de garantía de suministro de agua, de prevención de riesgos naturales y de accidentes graves, de prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente.
Esta Ley ordena, instruir al Poder Ejecutivo Provincial a iniciar en carácter de urgente los procedimientos necesarios para la expropiación inmediata del Suelo Rural en “arrendamiento” oportunamente por el Estado Nacional Argentino en Tierra del Fuego a que refiere el artículo 11°, inc. a y Art. 17° de la presente, en los términos de la legislación en vigencia respecto a procedimientos de expropiación. Dando asimismo inicio a los procesos indemnizatorios según las valuaciones fiscales de los inmuebles rurales efectuadas por ajustes y metodología ya establecidas.
Esta Ley también Anexa el Suelo Rural en “arrendamiento” oportunamente por el Estado Nacional Argentino, en cumplimiento de esta norma, a los ejidos urbanos de las ciudades de Tierra del Fuego existentes al momento de la sanción de la presente.
El Estado, debe generar las condiciones de reactivación y garantizar la distribución de la ocupación de la mano de obra para generar el desarrollo de la actividad económica en todos los campos.
Un párrafo aparte merece tratamiento la situación del consumo interno en Tierra del Fuego.
Los Fueguinos tenemos el privilegio, de tener una Ley nacional, de arraigo y de soberanía la “Ley 19640, que es económica y fiscal con privilegios y exenciones”, creada y mantenida por el Estado federal, a través del presupuesto nacional, por su situación geográfica.
Estas prerrogativas de un paraíso fiscal, debería generar desarrollo y crecimiento sostenido. A más de 30 años, la política fueguina no ha sabido valorar y potenciar esta inversión económica del presupuesto nacional que aporta todos los argentinos.
La desigualdad y polarización social en Tierra del Fuego, escandaliza!!
Frente a la situación, de desequilibrio económico y social en la Provincia, por el alto costo de vida, por el déficit en los servicios de Salud, Educación y seguridad, la falta de desarrollo económico de los fueguinos, se ve como un gasto potencial en la economía de nuestro País.
Por ello: los fueguinos debemos debatir si es justo seguir mirando los ojos de nuestros hijos, sin poder darle respuesta que les garantice vivir con dignidad en el presente y en el futuro inmediato.
La ausencia del estado, la corrupción estructural del comercio, atenta contra el desarrollo y crecimiento de la mayoría de los fueguinos que dependen de un salario limitado en nuestra provincia.
La Ley Provincial 844/11, de abastecimiento, control y fiscalización de los beneficios
económicos y fiscal de la Ley 19640, es una herramienta esencial para controlar el agio y la especulación de los sobre precios que sufre los fueguinos asalariados, que son los primeros y los más perjudicados en la cadena del consumo interno.
Dada esta realidad, surge la necesidad de los sectores populares en hacer llegar su voz, que reclaman respuestas, frente a una provincia desarticulada del mosaico nacional, con falta de compromiso, y de responsabilidad en política pública estatal.
Los fueguinos necesitamos una Ley de Ordenación y Desarrollo Territorial y Transformación Urbanística, que organice y defina el uso del Territorio y del Suelo, de acuerdo con el interés colectivo general.
En síntesis
La Provincia grande, que soñamos los argentinos en la década de los 80, que el Congreso de la Nación decididamente lo hizo realidad el 26 de Abril de 1990, mediante la Ley N°23775. Quedaron estancadas
Las ilusiones de la mayoría de fueguinos que necesitaban desarrollar con estrategias acordes al potencial de los recursos naturales y los recursos económicos extraordinario que llegan a través de la Ley 19640. Fueron olvidadas. Y las políticas de los distintos gobierno provincial y municipal, gobernaron para una Provincia chica y para pocos.
En definitiva Señores Concejales y pueblo de Rio Grande.
Agenda popular trabaja y requiere, que los gobiernos cumplan con las políticas públicas.
La Ley Provincial 844, contra el Agio y la Especulación promovida por el sector del trabajo ¡¡¡existe!!! Y se encuentra olvidada por los gobiernos.
Los fueguinos no solo queremos hablar de la injusta distribución del ingreso, del agio y la especulación, de la previsibilidad y el urbanismo, de la contaminación del suelo, de la Ecología y el Medio ambiente. Sino también, reclamar la soberanía estatal del suelo en la provincia de Tierra del Fuego, mediante una “Ley de Suelo” de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, para legitimar la injusta distribución del suelo, que los latifundios, y la plusvalía somete a los hijos de los fueguinos.
POR ELLO:
LA INDEPENDENCIA ECONOMICA Y EL DESARROLLO PARA TODOS LOS FUEGUINOS, ESTA EN LA “LEY DE SUELO”
Gerónimo Ruiz DNI 12.826.037 –
Rio Grande 27 de Noviembre de 2014.-