Qué dijo el fiscal, sobre la condena al estafador Nieva
El doctor Martín Bramati es el fiscal mayor, quien impulsó la investigación que terminó con la condena al abogado y ex oficial de Policía, Walter Nieva, a 6 años de prisión. Al culminar el juicio fue consultado por las pruebas existentes y si esta pena fue o no insuficiente.
“Estamos muy conformes con el veredicto, hubo un trabajo coordinado con el Juzgado en primer término y ahora a través del juicio pudimos conseguir la pena que nosotros habíamos propuesto y que para nosotros es razonable en función de la cantidad de hechos, el prejuicio ocasionado y la evaluación que hicimos de la prueba que teníamos por cada uno de los hechos”, comenzó señalando el fiscal.
¿En qué se basó la Fiscalía para pedir la condena?
“La evaluación que hizo la querella para llegar al monto que pidió la querella no voy a hacer una evaluación porque ya la hizo el doctor y la explicó en el juicio y para mí pareció razonable en función de lo que él argumentó. Yo utilicé un criterio de aspersión, es el criterio que se utiliza en función de la cantidad de hechos y de la pena que le corresponde al delito y es el mismo criterio que se utiliza en los casos de abuso donde a partir de penas de 10 años se puede llegar hasta 400 y sin embargo se termina poniendo 12, 14, 18. Es una cuestión de criterio de aspersión como lo expliqué en el alegato y también en función de los montos y los perjuicios ocasionados, la extensión del daño causado y la afectación a las víctimas y puntualmente también el mínimo de la pena y el máximo de la pena en caso de unidad”.
Doctor, en su caso usted dijo durante su alegato, la plata no está y esto fue a partir de lo que no se pudo determinar en la pericia contable, ¿eso lo puede explicar?
“Sí, dije la plata no está porque el mismo Nieva negó tener bienes a su nombre hicimos el rastreo, pedimos informes al Registro de la Propiedad Inmueble, al Registro de la Propiedad Automotor no tiene bienes a su nombre y lo único que cuenta es con algunos ingresos que han quedado en su cuenta respecto a su sueldo de policía.
La pericia contable no nos permitió establecer, también el proceso y el método que siguieron los unificados fue bastante acotado, entonces hubo muchos casos donde, por ejemplo, lo único que había era un WhatsApp donde preguntaban cuánto tenían que invertir y cuánto les iban a devolver y se hacía la transferencia. Entonces eso es muy difícil también para una pericia contable cuantificarlo, ver de qué momento viene.
Hubo muchos casos donde exigimos montos pero tampoco teníamos la certeza desde cuándo habían iniciado el proceso de inversión y teníamos la foto final, entonces todas esas circunstancias se devolvieron.
No teníamos poderes en todos los casos, no teníamos mutuos en muchos casos también y bueno, en ese caso puntual la defensa y el imputado Nieva accedieron a reconocer todas las operaciones que eso es lo que nos contentó de manera, porque teníamos mucha dificultad para probar muchos hechos y con esa colaboración del imputado logramos probar todos los hechos que es lo que perseguíamos para que todas las personas unificadas tengan una respuesta judicial y bueno, eso también tuvimos que valorarlo necesariamente en favor del imputado”.
Él colaboró en ese reconocimiento de que firmó todos esos pagarés y demás, pero no queda claro por qué no se encuentra el dinero. Usted dice que no está el rastrillaje, pero no explica o no me queda claro particularmente por qué, ¿dónde está el dinero? Porque es como que ustedes terminan creyendo a él.
“No, hubo muchas operaciones que fueron en dólar, billete, fueron en mano. Ahí ya tenés 22.000 dólares que no podemos rastrear porque no tenemos el destino, él no los ingresó a cuenta y es lo que sostuvimos desde la Fiscalía. Cada monto y cada operación tiene su cuantificación por extensión del daño”.
Usted acaba de decir que los dólares entonces los tiene él, ¿esto no es un agravante?
“Yo lo que les pido es esto, que me entiendan una cuestión puntual. Utilicé criterio de aspersión, la escala penal, la cantidad de hechos, la extensión del daño causado, los montos y consideré que era apenas 6 años. O sea, si yo te entiendo, si no estás de acuerdo o si te parece poco, mucho, no es una cuestión, es una evaluación que yo hice y es la que arribé”.
Tiene ese criterio de aspersión, cuando hay causas de abuso, cuando se trata de un abuso, es una cantidad de daños, cuando son dos abusos, es evidente también que son más años, porque es más grave la situación. Acá no es una estafa, son 74 damnificados con 97 estafas.
“Puse un ejemplo del abuso y es el mismo ejemplo. Acá también una estafa puede ser de un mes, de dos meses, de tres meses. Yo pedí 6 años”.
¿Al ser un policía, es un agravante?
“No, porque consideré que en realidad el tipo de estafa es un tipo muy particular, requiere la construcción a partir de maniobras engañosas. Esa construcción a partir de maniobras engañosas requiere que el engaño integre el tipo penal.
Como el engaño integra el tipo penal, yo consideré que la calidad de abogado y el estudio jurídico y la policía y todo lo que le daba esa circunstancia integraba al tipo penal y por eso no podía ser considerado el agravante en los términos 40 y 41″.
En otro momento usted señalaba que iban a tener que analizar el pedido de condena que iban a realizar porque iban a tratar de sumar y ver precisamente la unificación de todas las estafas. La cuenta le da 20 y pico de días por cada estafa.
“Es que ese es el tema, es un criterio arbitrario tuyo. Si vos querés seguimos… Es tuyo, no, no. No, es un criterio jurídico, yo utilicé el criterio de aspersión, yo soy una persona y mi subjetividad está involucrada como en todos los hechos y todas las personas subjetivas tenemos apreciaciones. Evidentemente, por lo que vos me estás diciendo, estás en desacuerdo con el monto de pena que yo pedí y bueno, vos tenés un criterio, es tu opinión al respeto y la valoro.
Yo tengo mi valoración, yo estudié toda la causa, la investigué desde el primer momento con la primera denuncia, perseguí la acumulación de todas las causas, perseguí el procesamiento… Perseguí primero el hallazgo de Nieva, perseguí su procesamiento, requerí la valoración al juicio, la traje en once meses. O sea, es todo un proceso de trabajo que realicé.
Yo tengo la causa leída, la leí treinta, cuarenta veces, analicé todos los poderes, los pagaré, analicé todos los hechos, analicé todas las víctimas. Bueno, ese es el pedido de pena que yo hice.
Después, en todo caso, yo no es que me estoy negando o que me cuestione. Lo que les estoy diciendo es que yo justifiqué la pena y, de hecho, el Tribunal quizás no estaba de acuerdo, pero como estaba justificada y bien justificada mi pena, no pudo poner más pena. Y que está bien que si mi pena es fundada y está justificada, el Tribunal se limite a poner la pena que yo pedí”.
¿En qué momento va a poder salir Walter Nieva? ¿Va a ser excarcelado o algún beneficio?
“En el caso de la estafa, como es un delito contra la propiedad, no es un delito contra la integridad sexual ni tampoco es un homicidio, se sigue manejando con las mismas reglas que no introdujo la nueva modificación, con lo cual él, a partir de los tres años, podría solicitarle algún tipo de salida, laborales, y a partir de los cuatro años, pasados los cuatro años, podría llegar a solicitar la libertad convencional, que si tiene los requisitos, se le podrá otorgar”.
(en el audio, la entrevista completa).
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