Sujeto que mató al volante fue beneficiado con libertad condicional y la quebrantó
Es por el hecho producido el pasado 5 de julio, cuando personal de la Policía lo encontró manejando un automóvil en pleno centro de la ciudad, tras recibir la libertad condicional -ya que fue condenado en 2009 por matar a una joven de 17 años cuando corría una picada-. La jueza Correccional Felicitas Maiztegui Marcó, le unificó la pena en 13 años y 5 meses de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores.
El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Sur, a cargo de la Doctora Felicitas Maiztegui Marcó, dictó sentencia el pasado 3 de noviembre, en la causa Nº 3648/17, caratulada “Ortíz, Emiliano Gabriel s/quebrantamiento de pena y resistencia a la autoridad”. A raíz de la sentencia el condenado se encuentra actualmente alojado en la Unidad de Detención de Ushuaia.
En 2009, el Tribunal de Juicio en lo Criminal condenó a 12 años de prisión a Emiliano Gabriel Ortiz al encontrarlo culpable del delito de homicidio por dolo eventual al atropellar y matar a Vanina Jéssica Espíndola de 17 años con su vehículo el pasado 3 de julio mientras corría una picada en la calle 12 de octubre y arrastrarla mas de 10 cuadras. Además lo inhabilitó para conducir vehículos automotores por el término de 10 años.
La magistrada condenó a Emiliano Gabriel Ortiz, a la pena de 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, por los delitos de quebrantamiento de una inhabilitación judicialmente impuesta y resistencia a la autoridad, en concurso real, por el hecho ocurrido el 5 de julio de este año, en Ushuaia.
Ese día, Ortiz fue aprehendido bajo el procedimiento especial para casos de flagrancia, por infracción al artículo 281 bis y atentado, y resistencia a la autoridad.
Los policías advirtieron que circulaba por Prefectura Naval y Piedrabuena, en un automóvil marca Nissan, modelo Versa, y al ver que lo buscaban, aceleró, se subió a la vereda y esquivó el móvil policial; continuó su marcha hasta San Martín y 25 de Mayo y se bajó del vehículo para darse a la fuga con dirección a Maipú, donde finalmente fue interceptado por la Policía.
En virtud de una condena anterior que pesaba sobre el condenado, de 12 años de prisión y 10 años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por los delitos de homicidio en concurso ideal, con homicidio en grado de tentativa y con participación en una prueba de velocidad ilegal, dispuesta el 20 de marzo de 2009, por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, la Jueza Correccional dispuso la pena única de 13 años y 5 meses de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores.
Para el dictado de la pena de la condena, la magistrada tuvo en cuenta como atenuantes que Ortiz es padre de familia, y como agravantes que sus antecedentes penales son indicadores claros de por qué se lo había inhabilitado para conducir –homicidio-.
Maiztegui Marcó le revocó la libertad condicional de la que gozaba el imputado, y en consecuencia dispuso mantener su detención, además de declararlo reincidente.